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Justicia tardía para Ernestina Ascencio

Antonio Pinedo Cornejo Texto: Antonio Pinedo Cornejo
18 diciembre, 2025
en > Alquimia
Tiempo de Lectura: 3 minutos
Portada Alquimia
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Dieciocho años después de su muerte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró el 16 de diciembre de 2025 al Estado mexicano responsable por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años.
           El 25 de febrero de 2007, Ernestina salió a pastorear sus ovejas en la comunidad de Tetlatzinga, en la sierra de Zongolica. Un campamento militar del Ejército mexicano se había instalado el día anterior cerca de su vivienda, en el marco de la estrategia de seguridad pública iniciada por el presidente Felipe Calderón.
          Su hija la encontró gravemente herida en el monte. Antes de perder el conocimiento, Ernestina alcanzó a decir en náhuatl: «Fueron los soldados, m’ija». Los familiares la trasladaron durante más de 10 horas hasta el Hospital Regional de Río Blanco, donde falleció la madrugada del 26 de febrero sin recibir intervención quirúrgica oportuna. El centro médico carecía de intérpretes en lengua indígena.
         Peritajes iniciales confirmaron lesiones compatibles con violación sexual tumultuaria y agresiones graves. Sin embargo, las autoridades cerraron la investigación prematuramente. Calderón afirmó públicamente que la muerte se debió a «gastritis crónica», negando la violación y contribuyendo —según la Corte IDH— a un ambiente de descrédito permeado por estereotipos de género, edad y etnia.
          La Sedena y la CNDH de entonces respaldaron la versión oficial. El caso se archivó sin sancionar responsables.
          Apoyada por organizaciones civiles, la familia llevó el caso a la Comisión Interamericana y luego a la Corte IDH. El tribunal constató que miembros del Ejército perpetraron la violación, que constituyó tortura, y que las lesiones junto con la falta de atención médica causaron la muerte.
          La sentencia critica la ausencia de debida diligencia reforzada, perspectiva interseccional y el cierre prematuro de la indagatoria. Ordena reabrir la investigación para identificar y sancionar responsables, pagar indemnizaciones, brindar atención médica y psicológica a los familiares, y medidas de no repetición, como un registro nacional de intérpretes indígenas en justicia y salud.
          El gobierno actual aceptó la responsabilidad y se comprometió a cumplir. Martha Inés Ascencio, hija de la víctima, declaró: «Tarde, pero vemos un poco de justicia».
          Este fallo se convierte en precedente contra la impunidad en violencias hacia mujeres indígenas y el despliegue militar en tareas de seguridad pública.

Autor

  • Antonio Pinedo Cornejo
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