Chihuahua, Chih.— Ambientalistas y defensores del territorio chihuahuenses celebraron una resolución judicial que reconoce por primera vez a Los Ojos del Chuvíscar —el nacimiento del río Chuvíscar— como sitio sagrado para el pueblo originario Chi’nee/Ndé, históricamente conocido como apache.
El fallo proviene del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, emitido en el amparo en revisión 67/2025. Según colectivos como Salvemos los Cerros de Chihuahua, esta sentencia marca un precedente relevante para la protección de territorios ancestrales en el norte del país.
La resolución establece que el pueblo Chi’nee/NDé conserva derechos sobre su territorio ancestral sin requerir títulos de propiedad formales. Basta, según el tribunal, la demostración de una relación histórica, cultural y espiritual continua con la tierra para activar mecanismos de protección.
El dictamen confirma además la presencia ancestral de este grupo indígena en lo que hoy es el estado de Chihuahua y califica específicamente al sitio de Los Ojos del Chuvíscar como lugar de valor sagrado para la comunidad.
Entre las medidas ordenadas por el tribunal destacan varias acciones concretas de salvaguarda:
- El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) deberá llevar a cabo una inspección técnica en la zona para evaluar el estado actual del sitio.
- Se instruye implementar medidas inmediatas de protección.
- El INAH emitirá un dictamen técnico sobre los vestigios arqueológicos presentes en el lugar, muchos de ellos relacionados con pinturas rupestres y otros elementos prehispánicos.
Adicionalmente, la sentencia dispone que cualquier proyecto u obra futura en el área de influencia de Los Ojos del Chuvíscar deberá someterse a consulta previa, libre e informada con la comunidad Chi’nee/NDé, en cumplimiento de estándares internacionales sobre derechos indígenas.
Para reforzar la protección a largo plazo, se ordena inscribir el interés cultural del pueblo originario sobre el sitio en los registros catastrales y de desarrollo urbano correspondientes. Con ello se busca impedir autorizaciones de intervenciones que ignoren su significado cultural y espiritual.
La resolución surge en un contexto de creciente presión urbana y de desarrollo sobre la cuenca del río Chuvíscar, cuya fuente se localiza en la Sierra Azul, una zona de valor ecológico, arqueológico y cultural. Ambientalistas locales han advertido desde hace años sobre riesgos de afectación por proyectos inmobiliarios o infraestructura que podrían alterar el sitio.
Colectivos involucrados consideran que el fallo fortalece la defensa de derechos indígenas y ambientales en regiones donde la tenencia de la tierra ancestral choca frecuentemente con intereses económicos modernos. Se espera que esta decisión influya en casos similares en otras entidades del norte de México.