Xalapa, Ver.- La Fiscalía General del Estado de Veracruz solicitó ante el Congreso local el inicio de juicio de procedencia para retirar la inmunidad constitucional a dos presidentes municipales pertenecientes al partido Movimiento Ciudadano: Raúl González Martínez, edil de Ixhuatlán del Sureste, y Bertín Bravo Montero, de Úrsulo Galván.
En el caso de González Martínez, la representación social lo señala como presunto autor intelectual de la privación ilegal de la libertad y posterior feminicidio de la periodista Roxana Berenice Guzmán Ramírez, hallada sin vida en una fosa clandestina al sur de la entidad. Respecto al alcalde de Úrsulo Galván, el organismo ministerial no ha hecho públicos aún los delitos específicos que se le imputan en el expediente promovido ante la legislatura estatal.
La solicitud formal fue radicada por la Subunidad Integral de Impartición de Justicia con sede en Nanchital, con el objetivo de habilitar el procesamiento penal de ambos funcionarios. La carpeta de investigación vinculada con la agresión a la comunicadora contabiliza hasta el momento ocho personas procesadas, entre ellas cuatro elementos en activo de la Policía Municipal de Ixhuatlán del Sureste y cuatro presuntos integrantes de una célula delictiva que opera en la zona.
Tras recibir la notificación, la madre de la víctima, Rubicelia Ramírez Posada, confirmó que desde la desaparición de su hija señaló ante las autoridades la presunta intervención de autoridades municipales del sur del estado, por lo que exigió que las indagatorias abarquen a mandos policiales y de la corporación de Nanchital que continúan prófugos, evitando la fabricación de responsables.
Por su parte, la representación parlamentaria de Movimiento Ciudadano en el Congreso de Veracruz condicionó su postura al cumplimiento estricto del debido proceso y la presunción de inocencia. La bancada advirtió que no se defenderá la impunidad de ningún servidor público, pero exigió que la actuación de la Fiscalía no sea utilizada con sesgo o fines de persecución política en contra de ediles de oposición.
Los alcaldes señalados cuentan con un plazo de siete días hábiles para comparecer o presentar sus alegatos por escrito ante la Comisión Instructora del Congreso. Una vez desahogada la etapa probatoria, el órgano dictaminador evaluará la procedencia de la solicitud para posteriormente someter la pérdida del fuero a votación del Pleno legislativo.



