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El Ejército seguirá en las calles 5 años más

Meridiano 107 Texto: Meridiano 107
23 febrero, 2019
en > Nacional
Tiempo de Lectura: 2 minutos
Portada Nacional
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Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la reforma Constitucional que crea la Guardia Nacional, el presidente Andrés Manuel López Obrador podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

Así lo establece el Artículo Quinto Transitorio del decreto aprobado por la Cámara de Senadores y que deberá ser avalado en la Cámara de Diputados.

En el mismo artículo se estipula que el Presidente de la República tendrá esa facultad “en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial”.

La minuta establece que la Guardia Nacional será una institución de seguridad pública de carácter civil, disciplinado y profesional.

La ley determinará la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional que estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.

El Ejecutivo Federal designará al titular del órgano de mando superior y a los integrantes de la instancia de coordinación operativa interinstitucional formada por representantes de las secretarías del ramo de Seguridad, Defensa Nacional y de Marina.

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El presidente López Obrador declaró que la Guardia Nacional podrá tener un mando civil o militar, lo cual mantiene la polémica sobre el tema.

Por su parte, el Congreso de la Unión deberá realizar reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y expedir la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la Ley Nacional del Registro de Detenciones.

Tendrá 60 días naturales, después de la entrada en vigor del decreto, para expedir la Ley de la Guardia Nacional y hacer las adecuaciones legales conducentes.

Asimismo, expedirá las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y del registro de detenciones dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor.

En caso de que alguno de los elementos de la Guardia Nacional cometa algún delito, será presentado a la autoridad civil correspondiente.

Se tratará de una institución policial, lo que implica que realizará tareas de prevención e investigación de los delitos, siempre bajo el mando del Ministerio Público.

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