“En relación al caso del hermano de la magistrada: Es importante aclarar que la relación familiar con la magistrada Nancy Escárcega no implica intervención alguna en el proceso penal de Édgar E. V. La magistrada no tiene facultades para modificar sentencias ni otorgar beneficios penitenciarios a familiares. Cualquier especulación en este sentido carece de sustento jurídico y ha sido utilizada mediáticamente para generar confusión.
“La sentencia no fue revocada ni se le retiró ninguna condena, y todas las reparaciones del daño fueron cubiertas.”
El presente texto fue compartido en sus redes sociales por el abogado Carlos Lomelí Ransom, lo reproducimos por considerarlo de interés público. Y continúa:
“Legalmente, Édgar E. V. debió haber estado libre hace 11 años y definitivamente hace 5 años, considerando 20 años y 2 meses de tiempo efectivo, 18.2 años de trabajo acreditado dentro del penal y 4 años 3 meses de prisión preventiva reconocida.
“La semilibertad que recibió no es un privilegio ni discrecionalidad, sino una modalidad legal de la pena de prisión (art. 60 Ley de Ejecución de Penas del Estado de Chihuahua), basada en cumplimiento de requisitos legales, conducta, participación en programas de reinserción y dictámenes técnicos favorables. Este tipo de modalidades puede ser aplicable en otros casos dentro de la vigencia de la Ley, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.
“Su finalidad es garantizar la reinserción social, permitiendo que personas que cumplen los requisitos puedan reinsertarse en la sociedad de manera progresiva y responsable.”
El licenciado Lomelí Ramson, finalmente concluye: “en Búho Penal ofrecemos asesoría jurídica especializada, análisis legal y litigación estratégica, con enfoque en reinserción social, respeto a la ley y derechos humanos. Las personas interesadas en asesoría o apoyo en casos de ejecución de penas y reinserción social pueden contactarnos directamente para recibir orientación profesional.”



