Ciudad de México.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) implementó nuevas disposiciones para la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, mejor conocida como Modalidad 40, estableciendo límites en los registros futuros y nuevas condiciones digitales, en un contexto marcado por el incremento gradual de las cuotas y la revisión del impacto financiero del esquema.
Las modificaciones, dadas a conocer a través del Diario Oficial de la Federación tras acuerdos del Consejo Técnico del IMSS, introducen filtros y regulaciones temporales dirigidas a ordenar las nuevas incorporaciones y contener el crecimiento de las denominadas megapensiones, sin que esto signifique la desaparición del programa ni la anulación de los derechos de los trabajadores que ya se encuentran inscritos.
El esquema de la Modalidad 40 representa una herramienta fundamental para los asegurados amparados bajo la Ley del Seguro Social de 1973, comúnmente llamada Ley 73, ya que les permite continuar cotizando por su cuenta tras causar baja en un empleo formal, con el propósito de acumular semanas y elevar el salario base de cotización para maximizar el monto final de su pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.
No obstante, las recientes medidas del organismo de seguridad social establecen que las futuras incorporaciones se realizarán mediante plataformas digitales y quedarán sujetas a nuevas directrices vinculadas con el último salario registrado, mientras la Dirección de Finanzas del instituto realiza un análisis exhaustivo del impacto financiero del sistema durante un plazo estimado de seis meses.
Especialistas en materia de seguridad social han aclarado que los trabajadores que ya se encuentran cotizando bajo esta modalidad al momento de la entrada en vigor de los cambios podrán conservar las condiciones contratadas hasta concluir su periodo respectivo. Sin embargo, advierten que el acceso a incrementos salariales elevados enfrentará mayores restricciones operativas y normativas.
A este panorama se suma el factor económico derivado del incremento escalonado en las cuotas establecido en la normativa vigente. La tasa de aportación se ubica en el 14.438 por ciento sobre el salario elegido, una proporción que continuará subiendo de manera progresiva cada primero de enero hasta alcanzar el 18.80 por ciento en el año 2030.
Este incremento en los costos anuales, que para quienes cotizan al tope máximo de veinticinco Unidades de Medida y Actualización implica erogaciones mensuales considerables, ha encarecido la inversión que los trabajadores deben realizar durante los últimos cinco años previos a su retiro.
Asimismo, expertos financieros han señalado que la mayor rigurosidad en el cruce de datos fiscales, registros laborales y semanas cotizadas ha provocado revisiones más minuciosas por parte de la autoridad, por lo que recomiendan a los futuros solicitantes verificar que su información personal, número de seguridad social y datos en su Administradora de Fondos para el Retiro se encuentren perfectamente alineados para evitar retrasos o negativas en sus resoluciones de pensión.



