La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad una reforma Constitucional para obligar a la paridad de género en cargos públicos de los tres órdenes de gobierno y de los tres Poderes.
La reforma, aprobada con 120 votos a favor y ninguno en contran, establece la obligatoriedad de observar el principio de paridad en las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas, así como en los organismos autónomos, y en la postulación de las candidaturas de los partidos políticos.
El principio se incluye en la elección de representantes ante los ayuntamientos con población indígena.
Asimismo con el objeto de dotar a la Constitución federal de un lenguaje incluyente, se contemplan cambios en los vocablos “ciudadano” por “ciudadanía”; “candidatos” por “candidaturas”, así como “senadores” por “senadurías”, a fin de garantizar que sea “un derecho de la ciudadanía ser votado en condiciones de paridad” y que se visualice en el texto constitucional la paridad alcanzada en el Congreso de la Unión.
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