Según el Acuerdo 109/2020, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el cual establece la estrategia para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas en el estado de Chihuahua, ante la evolución de la pandemia de COVID19, las actividades esenciales permitidas con un aforo del 100% son las siguientes:
Salud, consultorios médicos y dentales, agricultura, obra pública, estancias infantiles, servicios básicos, alimentación, minería, construcción, empresas y negocios orientados a satisfacer la demanda de bienes y servicios relacionados con la fabricación, venta y distribución de insumos y artículos de papelería y material didáctico; uniformes, mochilas y demás artículos escolares.
Además, dispositivos electrónicos de cálculo y procesamiento de datos como tabletas, computadoras y calculadoras; así como las actividades desarrolladas por editoriales y librerías.
Las de manufactura aeroespacial y automotriz, pueden realizar lo siguiente:
Plantilla laboral: 60% del número máximo de registros en el IMSS durante el 2020, distribuidos en los diferentes turnos. En caso de empresas de nueva creación, se tomará como base su capacidad de operación y número de empleados.
Servicios terapéuticos de rehabilitación y atención para personas con discapacidad y enfermedades discapacitantes (Público, privado y organizaciones de la sociedad civil): Aforo: 100% Con sanitización posterior a la atención y sin sala de espera, con cita previa.
Tiendas de autoservicio:
Aforo: – Mayores a 2000 m2 : 150 clientes.
– De 1500 a 2000 m2 : 75 clientes.
– De 500 a 1500 m2 : 50 clientes.
– De 200 a 500m2 : 25 clientes.
– Menores a 200 m2 : 10 clientes.
Hoteles:
Aforo: 15% Sin áreas comunes. Medidas preventivas y de sana distancia.