Intenta la empresa Consultora Paz A.C., presentar al Congreso de la Unión, su deseo de alterar algunos pasajes del Himno Nacional Mexicano, argumentando que es un himno bélico y la letra no corresponde al contexto de nuestro México actual.
Aseveró una de las fundadoras de dicha Asociación Civil, Blanca Mirna Garza al escuchar El Himno Nacional impacta negativamente en la conducta (?) de las personas el cual ya no corresponde en la actualidad.
Otra integrante fue Verónica Barrera dijo: «hemos realizado estudios y las personas comentaron que sí es bélico y los niños no entendían algunas frases».
En mi opinión personal no estoy de acuerdo en alterar, ya no una palabra, sino una coma. Hay que dejarlo como está actualmente el Himno Nacional, de la gran inspiración de Francisco González Bocanegra (1824-1861) siendo objeto de respeto y honores en los términos que merece tanto nuestro Himno Nacional como el Escudo de la Bandera de México.
El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se apegan a la letra y música de la versión oficial establecida por Decreto Presidencial del 20 de octubre de 1942 publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de marzo de l943.
Por lo que queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos.
Queda asimismo, prohibido cantar o ejecutar el Himno Nacional total o parcialmente en composiciones o arreglos.
Queda así mismo prohibido cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de publicidad, comercial o de índole semejante en espectáculos o reuniones sociales que no sean cívicas o en toda clase de establecimientos públicos.
Está prohibición regirá también para himnos de otras naciones, salvo autorización expresa del representante diplomático respectivo.
Todas las adiciones o reproducciones del Himno Nacional requerirán autorización de la Secretaria de Educación Pública.
Los argumentos para teatro, cine, radio y televisión que versen sobre el Himno Nacional o sus autores o que contengan motivos de aquel, necesitarán de la aprobación de la Secretarías de Educación Pública y de Gobernación, según sus respectivas competencias.
Las estaciones de radio y televisión sólo podrán transmitirlo integral o fragmentariamente previa autorización de la Secretaria de Gobernación, salvo las transmisiones oficiales.
El Himno Nacional sólo se ejecutará, total o parcialmente en los actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo y para rendir honores tanto a la bandera nacional como al Presidente de la República.
En estos dos últimos casos se ejecutará la música del coro, de la primera estrofa y se terminará con la repetición del coro.
Durante la ejecución del Himno Nacional las Bandas de Guerra de instituciones civiles permanecerán en silencio, inmediatamente después rendirán honores a la Bandera Nacional o al Jefe del Poder Ejecutivo Federal, si no hubiese banda de guerra militar.
En ninguna ceremonia se ejecutará el Himno Nacional más de dos veces para hacer honor a la bandera, ni más de dos veces para rendir honores al Presidente de la República.
Durante solemnidades cívicas en que conjuntos corales entonten el Himno Nacional, las bandas de guerra guardaran silencio.
La demostración civil de respeto al Himno Nacional se hará en posesión de firmes, los varones con la cabeza descubierta.
Es obligatorio la enseñanza del Himno Nacional en todos los planteles de educación primaria y secundaria.
Cuando en una ceremonia de carácter deba tocarse el Himno Nacional y otro extranjero, se ejecutará el patrio en primer lugar.
En actos de carácter internacionales en los que México sea país sede, se estará a lo que establezca el ceremonial correspondiente.
Las embajadas o consulados de México procurarán en conmemoraciones mexicanas de carácter solemne, sea ejecutado el Himno Nacional.
La Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las representaciones diplomáticas de México solicitará del gobierno ante el cual se hallen acreditadas que se prohíba la ejecución del Himno Nacional con fines comerciales.
Todo lo escrito al rubro se ratificó en el Diario Oficial de la Federación del sábado 19 de agosto de 1968.
El suscrito cuando estudió secundaria en el Instituto Bachillerato, ubicado en la calle de Gelati # 29 del pueblo de Tacubaya, tuve maestros jesuitas, que antes de entrar a salones hacíamos honores a la bandera nacional cantando el Himno Nacional, ellos sabían mucho más de lo que enseñaron, dejaron más en el tintero de lo que salía de sus plumas, fueron enemigos de conceder nada que estuviera en contra la ley, incapaces de obtener granjerías de un puesto público y hombres así pocas veces son aquilatados en su valía, ellos nos decían que para lograr objetivos se requiere de disciplina y orden.
Opina